Avenida de Carabanchel Alto, 64. Metro Carabanchel Alto (L11)

ORIENTACIÓN JURÍDICA:

Jueves 20:30 a 22:00 Hs.

CLASES DE CASTELLANO:
Nivel Básico: Martes y Jueves de 18:30 a 20:00 Hs.
Nivel Intermedio: Martes de 18.30 a 20.00 Hs. y
Jueves de 19.00 a 20:30 Hs.

Nivel Avanzado: Jueves de 19.00 a 20.30 Hs.
Castellano para mujeres (completo): Martes de 10.30 a 12.00

Consultas Online: odscarabanchelalto@yahoo.es


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23 may 2010

Residencia de Larga Duración (ex permanente)

CONSIDERACIONES GENERALES:

La solicitud se puede presentar con una antelación de SESENTA días –nunca antes- a la fecha en que termine su validez. También será posible presentarla durante los TRES MESES POSTERIORES al fin de su vigencia, aunque puede ser motivo de multa.

Para la primera tarjeta de LARGA DURACIÓN es recomendable que se hayan cumplido 5 años de residencia legal continuada el día de la presentación de la documentación

LUGARES DE PRESENTACIÓN:

.- Madrid capital: mediante cita previa a través de la Web www.mpr.es

.- Madrid provincia: comisaría local de policía correspondiente.

.- Ventanilla única: (artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Procedimiento Administrativo)

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (original y copia):

.- IMPRESO DE SOLICITUD (EX00).

.- PASAPORTE COMPLETO EN VIGOR. En el caso que el pasaporte haya sido renovado dentro de los últimos 5 años, presentar también el PASAPORTE ANTERIOR.

.- TARJETA DE RESIDENCIA ANTERIOR.

.- De existir cambio de domicilio, VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO, con una validez máxima de tres meses a partir de la solicitud de la cita.

.- Tasa (no aplicable a renovaciones de larga duración): 20,40€, a nombre del solicitante.

.- En caso de:
• Familiares reagrupados y dependientes: VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO FAMILIAR con validez máxima de tres meses a partir de la solicitud de cita y CONCESIÓN DE RESIDENCIA O RESGUARDO de renovación de residencia de la persona de quien dependa admitido en el organismo competente para su tramitación.

• Cónyuges, DECLARACIÓN DE CONTINUIDAD DE MATRIMONIO.

• Hijos menores en edad de escolarización obligatoria: CERTFICADO DE ASISTENCIA ESCOLAR emitido por las autoridades autonómicas competentes.

• Hijos mayores de edad y ascendientes: DOCUMENTACIÓN QUE JUSTIFIQUE LA DEPENDENCIA (por ejemplo certificado del INEM que demuestre que no estamos trabajando).

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