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17 ago 2007

Empadronamiento

¿Qué es?
.- El padrón municipal es el registro administrativo donde figuran todos los vecinos que viven o residen habitualmente en ese municipio. Sus datos son una prueba de la residencia en el municipio.
.- Según la ley toda persona que viva en España tiene la obligación de empadronarse en el municipio donde resida.
- Importante: En caso de contar con Visa de Estudios, no presentarla para empadronarse (ir con el pasaporte), ya que luego se le denegará la posibilidad de acceder a la tarjeta sanitaria argumentando que ya posee seguro médico privado.

¿Para qué sirve?
. El empadronamiento será el documento que acredite el tiempo de permanencia en territorio español, independientemente de su nacionalidad o de su situación legal, es decir si tiene o no residencia o bien la misma en tramite. La inscripción en el Padrón lo acredita como vecino del municipio.
.- Para poder realizar el empadronamiento necesitará establecer un domicilio, el cual no es necesario que sea de su propiedad, puede ser en alquiler o bien la casa de un familiar o un conocido.
.- Si su intención cuando llegue a España es quedarse le aconsejamos realizar el empadronamiento lo más pronto posible. La inscripción se realiza en el Ayuntamiento correspondiente a la localidad donde usted reside. Es un tramite muy sencillo y este documento le será necesario:
.-Para solicitar la regularización o permisos de residencia y trabajo,
-Le da derecho a solicitar el carné para la asistencia sanitaria,
-Le será exigido para realizar el canje del permiso de conducir en el caso de existir convenio con su país de nacimiento,
-Es imprescindible para realizar la inscripción escolar de sus hijos
-Y todos los demás tramites inherentes a los extranjeros.
.- Una de las razones más importantes para realizar la inscripción en el Padrón municipal es que la misma es la prueba de arraigo para conseguir los papeles definitivos.
Como también para tener acceso a las prestaciones municipales, como las ayudas socialesç

.-Existe una ley orgánica del 2003 que establece la renovación del empadronamiento cada dos años de todos los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente.

Requisitos
.- Nota: A partir del 4 de febrero del 2008 en Madrid- Capital, las gestiones de padrón se realizarán únicamente mediante cita previa.
Infórmate y solicita cita previa en Líneamadrid a través de:
010 Líneamadrid
www. munimadrid.esLínea Madrid oficinas (de 9 a 17 h de lunes a jueves y los viernes de 9 a 14h)

.- Solicitar en La Oficina de Ayuntamiento que le corresponda de acuerdo a su domicilio, el formulario de Alta Individual o Colectivo.
.- Fotocopia y original del pasaporte.
.- Fotocopia y original del contrato de alquiler o la autorización firmada por el dueño de la vivienda donde esta alojado. Si es el caso, deberá incluirse en el formulario para poder empadronarse en su domicilio. Igualmente el dueño de la vivienda tendrá que renovar su empadronamiento para incluirlo a usted.
.- En caso de hijos, presentará fotocopia y original de los pasaportes y libro de familia.

¿Qué es un volante de empadronamiento y qué un certificado de empadronamiento?
El volante de empadronamiento: es la constancia que te dará tu municipio para acredita tu empadronamiento. Debes solicitarlo para realizar trámites administrativos donde no sea necesario una prueba rigurosa; como solicitar ayudas escolares, servicios sociales, en tarifas de transporte, etc.
Certificado de empadronamiento: lo requerirás cuando sea necesario acreditar tu empadronamiento ante Tribunales de Justicia, organismos extranjeros, etc. Las certificaciones deberán llevar firmas manuscritas del Secretario y del Alcalde o de sus delegados.

¿Qué hacer si cambio de domicilio?
Si cambias de domicilio deberás solicitar por escrito el alta en el municipio donde fijes tu nueva residencia. El municipio dentro de los primeros diez días del mes siguiente notificará a tu antiguo municipio para solicitar la baja del padrón.

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