Avenida de Carabanchel Alto, 64. Metro Carabanchel Alto (L11)

ORIENTACIÓN JURÍDICA:

Jueves 20:30 a 22:00 Hs.

CLASES DE CASTELLANO:
Nivel Básico: Martes y Jueves de 18:30 a 20:00 Hs.
Nivel Intermedio: Martes de 18.30 a 20.00 Hs. y
Jueves de 19.00 a 20:30 Hs.

Nivel Avanzado: Jueves de 19.00 a 20.30 Hs.
Castellano para mujeres (completo): Martes de 10.30 a 12.00

Consultas Online: odscarabanchelalto@yahoo.es


PINCHA AQUÍ PARA INFORMARTE SOBRE TRÁMITES Y DOCUMENTACIÓN DE EXTRANJERÍA


1 jul 2008

Resumen de la ley sobre trabajo doméstico

RESUMEN DE LA LEY PARA EL TRABAJO DOMESTICO


¿Cuánto debe durar la relación laboral?
Los primeros 15 días el contrato se entiende como periodo de prueba.
Salvo que en el contrato no disponga otra cosa la duración será de un año, prorrogable por iguales periodos, si no se quiere prorrogar habrá que avisar al menos con 7 días de antelación.
¿Qué salario debo recibir?

-El salario mínimo interprofesional a 40 horas: 600 euros/mes. Esto quiere decir que nunca debes cobrar menos de esta cantidad.

-Dos veces al año antes de Navidad y antes del Verano se tendrá derecho a una paga extraordinaria de al menos 300€ si trabajas 8 horas

-Para la retribución de los empleados de hogar que trabajen por horas, en régimen externo, el salario no podrá ser nunca inferior a 4,70€ la hora.

-Las horas extras son voluntarias,, y se pagaran como mínimo igual que la hora ordinaria, 4, 70€

¿Cuántas horas trabajo?
La jornada máxima semanal de carácter ordinario será de 40 horas de trabajo efectivo, sin perjuicio de los tiempos de presencia, a disposición del empleador, que pudieran acordarse entre las partes.

El horario será fijado libremente por el titular del hogar familiar, sin que en ningún caso de las horas ordinarias de trabajo efectivo al día puedan exceder de nueve. Entre una y otra jornada deberá mediar un mínimo de diez horas, si el empleado de hogar no pernocta en el domicilio, y de ocho horas, en caso contrario.

El empleado interno dispondrá de al menos dos horas para las comidas principales, y este tiempo no se computará como trabajo.

La hora extraordinaria se pagará al doble.

¿ y Cuántas descanso?

Los empleados de hogar tienen derecho a un descanso semanal de treinta y seis horas de las que, al menos, veinticuatro horas serán seguidas y preferentemente coincidiendo con el día del domingo.

El período de vacaciones anuales será de treinta días naturales; de ellos, al menos quince días se disfrutarán de forma continuada, siendo el resto susceptible de fraccionamiento en la forma que se acuerde entre las partes

Nota: el empleo doméstico no está incluido en el régimen general de empleo sino bajo un régimen especial que es claramente discriminatorio.
Aquí puedes comparar la regulación diferencial:

http://www.acoge.org/empleo_domestico.htm
( DOCUMENTOS INFORMATIVOS-CUADRO
COMPARATIVO DE CONDICIONES LABORALES)

No hay comentarios: