Avenida de Carabanchel Alto, 64. Metro Carabanchel Alto (L11)

ORIENTACIÓN JURÍDICA:

Jueves 20:30 a 22:00 Hs.

CLASES DE CASTELLANO:
Nivel Básico: Martes y Jueves de 18:30 a 20:00 Hs.
Nivel Intermedio: Martes de 18.30 a 20.00 Hs. y
Jueves de 19.00 a 20:30 Hs.

Nivel Avanzado: Jueves de 19.00 a 20.30 Hs.
Castellano para mujeres (completo): Martes de 10.30 a 12.00

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17 ago 2007

Carta de Invitación (ver también en Novedades)

¿Dónde solicitarla y qué requisitos son necesarios?
· La carta de invitación únicamente justifica el requisito relativo al hospedaje.
· Quien pretenda invitar a un extranjero deberá dirigir su solicitud a la comisaría de Policía de su lugar de residencia, que será la competente para su tramitación y expedición.
· La solicitud deberá contener los siguientes extremos: Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, número, de documento de identidad o pasaporte, cuando se trate de español, o pasaporte, tarjeta de identidad de extranjero o número de identidad de extranjero, cuando no ostente la nacionalidad española, y domicilio o lugar completo de residencia.
.- Manifestación expresa de su voluntad de invitar y de acoger a la persona invitada, bien en su domicilio principal, que será el arriba indicado, bien en una segunda vivienda, en cuyo caso, determinará el lugar concreto. El invitante aportará documentación acreditativa de la disponibilidad de la vivienda (título de propiedad, contrato de arrendamiento u otros, de acuerdo con la legislación civil vigente).
.- Relación o vínculo que mantiene con el invitado.
.- Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, lugar concreto de residencia o domicilio y número de pasaporte del invitado. Excepcionalmente, en los casos en los que la gestión lo aconseje, la invitación podrá referirse a varias personas, debiendo indicarse en la solicitud los datos antes mencionados respecto de cada una de ellas, así como la disponibilidad de domicilio para todas.

.- Período durante el cual está prevista la estancia del invitado, especificando, de manera aproximada, el primer y el último día de la misma.
.- Antes de la firma, deberá constar que el invitante declara que la información expuesta es verídica.

.- En la solicitud el invitante deberá hacer constar que está informado de que el código penal tipifica delito el tráfico ilegal o la inmigración clandestina; la Ley Orgánica considera como infracción muy grave “favorecer o facilitar la inmigración clandestina, pudiendo imponerse sanción de multa de entre 6.001 hasta 60.000 euros o expulsión del territorio nacional, con prohibición de entrada durante un período de 3 a 10 años; los datos relativos tanto al invitante como al invitado serán incorporados a un fichero de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil.
Tramitación

Una vez presentada la solicitud ante la autoridad competente, ésta iniciará su tramitación nombrándose instructor del procedimiento y, si lo juzga pertinente, podrá emplazar al solicitante a mantener una entrevista personal con el objeto de comprobar su identidad, la validez de la documentación aportada y la veracidad de la información contenida en la solicitud. La incomparecencia, salvo fuerza mayor, en el plazo fijado –que no podrá exceder de 15 días- producirá el efecto de considerar al solicitante desistido del procedimiento.
Una vez resuelta la solicitud, la autoridad competente notificará al interesado la resolución adoptada que, en el caso de ser estimatoria, contendrá el aviso para recoger la Carta de invitación. Esta notificación surtirá efectos para que se procesa al abono de la tasa correspondiente, que deberá efectuarse en el plazo de un mes desde la referida notificación y el justificante de dicho abono deberá aportarse para recoger la carta de invitación.

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